La Comisión de Justicia y Derechos Humanos del Congreso aprobó el proyecto de ley que propone establecer responsabilidad penal a los menores de 16 y 17 años que cometan delitos graves. De esta forma, estos adolescentes podrán ser juzgados por el Poder Judicial y, de ser hallados culpables, podrían ir a prisión.
«La responsabilidad penal de los menores de 16 y 17 años va a ser casi similar a la de un adulto. Las medidas de resocialización van a quedar para los que tengan menos de 16. Los menores de 16 y 17 años ya son conscientes de lo que significa empuñar un arma. Sobre todo hay que pensar que ellos están preparados. Esas personas están aleccionadas y concientizadas de lo que van a hacer. Ellos van a ser juzgados por delitos graves», indicó el congresista Juan Burgos Oliveros.
El texto aprobado en la mencionada comisión modifica el artículo 20 del Código Penal, indicando que, de forma excepcional, los adolescentes de 16 años a más tendrán responsabilidad penal cuando cometan los delitos de homicidio calificado, feminicidio, parricidio, sicariato, exposición, explotación sexual, trata de personas, explotación sexual de menores, pornografía infantil, secuestro, violación sexual, favorecimiento a la prostitución, rufianismo y proxenetismo.
Asimismo, cuando incurran en delitos de robo agravado, extorsión, fabricación, suministro o tenencia de materiales peligrosos y residuos peligrosos o armas, atentado contra los medios de transporte colectivo o de comunicación, atentado contra la seguridad común, consumo ilegal de drogas tóxicas, algunas formas agravadas de la resiembra, reingreso clandestino o ilegal, organización criminal, marcaje o reglaje, banda criminal, participación en grupo armado dirigido por extranjero, o delitos de terrorismo.
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