domingo, 9 de junio de 2024

Denuncian penalmente a alcalde de Guadalupe por omisión de funciones

El viernes 31 de mayo, el ciudadano Leonardo Jerry Malón Aguilar interpuso una denuncia penal contra el alcalde del distrito de Guadalupe Juan Alberto Castañeda Llanos por la presunta comisión del delito de Omisión de Actos Funcionales, previsto en el artículo 377 del Código procesal penal.

En la denuncia ingresada con expediente 115, Malón Aguilar incluye a la secretaria técnica de Procedimientos Administrativos de la MDG, Karen Judith Cruz Valverde y a Lilyam Esther Cobian Gonzales, asesora legal de la MDG. Según el escrito del denunciante, señala que el 14 de agosto del año 2023 ingresó una denuncia contra Lilyam Esther Cobian Gonzáles, por presuntamente haber orientado una solicitud de convocatoria a sesión extraordinaria de concejo, “como adhesión a una solicitud de suspensión, sugiriendo sea tratado en sesión especial, cuando el JNE estableció que las adhesiones se tramitan en la misma sesión que agende la suspensión”, supuestamente para generar vicio en el procedimiento de suspensión.
Posteriormente, señala, cuando se realizó la sesión para la suspensión del alcalde, la denunciada redactó erróneamente el acuerdo de concejo, “lo que motivó que el Jurado Nacional de Elecciones declare improcedente la suspensión del alcalde”.
Respecto del alcalde Juan Castañeda Llanos, el denunciante señala que no permitió que se tramite la denuncia contra Cobián Gonzales hasta febrero de 2024 ante la secretaría técnica de Procedimientos Administrativos Disciplinarios, Karen Judith Cruz Valverde; Además, agrega, el alcalde omitió reemplazar a Cruz Valverde a partir de marzo de 2024.
Malón Aguilar responsabiliza a los tres denunciados de que el procedimiento de suspensión que interpuso contra Castañeda Llanos, presuntamente fue manipulado exprofesamente para librar al alcalde de la suspensión que Malón Aguilar solicitó contra el burgomaestre por la presunta infracción del artículo 133 de la Ley Orgánica de Municipalidad, por no haber transferido dentro de los plazos de ley los recursos económicos que correspondían a los centros poblados del distrito de Guadalupe.
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